Los portales de intercambio de criptoactivos deberán identificar todas las transferencias, sin importe mínimo, conservar y compartir la información.
Tanto la comisión ECON como LIBE del Parlamento Europeo han votado una normativa para aplicar la legislación contra el blanqueo de capitales a las transferencias de criptomonedas. A diferencia de las transferencias bancarias, en la actualidad no existe un marco que garantice la trazabilidad de las transferencias de criptoactivos y la identificación de las entidades reales que se encuentran detrás de una dirección de cartera de criptoactivos seudónima, lo que las convierte en una herramienta perfecta para la evasión de impuestos o su uso para cualquier tipo de actividad ilícita.
Los exchanges se verán obligados a identificar a las personas que comercien en sus portales, conservar dicha información y presentarla a las autoridades si se les reclama
Según el texto votado, las empresas que comercien con criptomonedas o que sirvan de portal de intercambio, como los criptos exchanges, se verán obligados a identificar a las personas que comercien en sus portales, conservar dicha información y presentarla a las autoridades si se les reclama.
De este modo, los órganos de control, jueces o agencias tributarias europeas podrán identificar prácticas ilícitas, así como analizar las transacciones que consideren sospechosas. “Las transferencias de criptoactivos vinculadas con actividades criminales en Europa se mueven mayoritariamente sin ser detectadas. Son un instrumento ideal para garantizar el anonimato, como ilustran todos los escándalos pasados sobre el blanqueo de capitales”, ha declarado el eurodiputado de En Comú Podem y ponente del informe votado Ernest Urtasun. “Con esta propuesta de reglamento, la UE cerrará esta laguna”, ha afirmado.
El informe aprobado acelera su entrada en vigor. Los portales deberán adoptar un plan de implantación antes de 6 meses y garantizar el cumplimiento antes de un año y medio. Además, cuando entre en vigor la Regulación de Mercados de Criptoactivos (MiCA), se prohibirá interactuar con proveedores no-legales, definidos como entidades sin registro o sin presencia en cualquier jurisdicción o con entidades que operan en la UE sin autorización.
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