El metaverso (o los metaversos) aún no existe, aún está por definir. Se plantea como un ecosistema, un mundo digital, en el que los usuarios interactuamos a través de diferentes tecnologías inmersivas como visores de realidad virtual, prendas hápticas… que fusionan el mundo real con el virtual.
Sentiremos el mundo virtual como el real gracias a una infraestructura que se canalizará a través de una red inteligente que, mediante sistemas de Inteligencia Artificial, captará y generará datos a tiempo real de cada usuario, ofreciendo una recreación completa de la realidad natural, para interactuar con otros usuarios e inteligencias artificiales.
Las diferencias de enfoque de metaverso que están planteando cada una de las grandes tecnológicas hacen que surjan las primeras voces críticas sobre la protección de datos en el metaverso y las garantías de privacidad.
¿Qué problemas plantea el metaverso?
Planteamos algunos problemas y retos que podemos resumir en cómo garantizar los derechos actuales en este nuevo medio.
- Inteligencia Artificial (IA): si bien en normas como el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) se recoge el derecho a no ser objeto de decisiones automatizadas o que se elaboren perfiles, esto puede no ser suficiente, siendo necesario el desarrollo de normas como la propuesta de Reglamento sobre IA de la UE, para proteger a las personas frente a determinados usos y abusos de los sistemas de IA.
- Monopolio: si solo unas pocas empresas tecnológicas tienen los medios y la capacidad para crear metaversos, se corre el peligro de que se creen monopolios u oligopolios donde las empresas dicten las normas y términos, los derechos y límites, los servicios y condiciones dentro de su metaverso, ajenos a las leyes del mundo real que protegen a los usuarios y los consumidores. Por ello, los gobiernos y organismos internacionales deben garantizar el traslado y aplicación de las leyes del mundo real al mundo digital.
- Salud: habrá que tener en cuenta el impacto que pueda tener el uso y abuso del metaverso sobre la salud o relaciones sociales del usuario en la vida real: ataques epilépticos, mareos, ser dirigido a una zona peligrosa, o instigar a una persona a golpearse contra algo, etc. También habrá que conocer qué impacto puede tener en cuestiones de salud como son el sueño, la atención, la concentración, el humor o el bienestar, físico y mental de las personas y trabajadores.
- Leyes: En muchos supuestos puede ser suficiente la normativa actual, del mismo modo que ya se aplican las normas existentes a las redes sociales, si bien habrá que ver cómo se garantiza su cumplimiento. En otros casos es posible que sea necesario crear leyes nuevas o actualizar las ya existentes para dar cabida a la nueva casuística o para la creación de herramientas que ayuden a garantizar su cumplimiento….(Clip 400 palabras)
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