CONSUMO / Sal de la Lista Negra… la de Morosos

¿Te amenazan con incluirte en una lista de morosos? ¿Ya has sido incluido en un registro y no sabes cómo salir de esa situación?

Las famosas listas de morosos (ASNEF, RAI, CCI…), no son otra cosa que sistemas de información crediticia que consultan las empresas para averiguar si su cliente es fiable y si tiene riesgo de impago porque ya lo ha hecho en algún momento.

El estar incluido en este tipo de listas afecta mucho al consumidor ya que es determinante a la hora de contratar servicios, comprar productos, optar a productos financieros, etc.

Entonces, ¿qué hacen las empresas?; utilizan esta inclusión en la lista de morosos como arma frente a posibles “estafadores”. Pero, no siempre se hace correctamente, cada vez nos encontramos más casos en que se añaden personas a una lista de morosos sin motivos justificados, entonces el consumidor en este punto se encuentra indefenso ¿Qué podemos hacer?

Lo primero es saber cuál es el motivo por el que se te ha incluido en esa lista y para eso hay que cumplir ciertos requisitos:

  • Tener una deuda superior a 50 euros
  • Que a la deuda sea cierta, vencida y exigible
  • No estar siendo discutida ya en un procedimiento administrativo, judicial o arbitral
  • Haber sido advertido previamente de la posibilidad de ingresar en la lista de morosidad

Además el plazo máximo para estar en esta lista es de 5 años desde la fecha de vencimiento de la obligación que ha causado la deuda.

También tendrás que ser notificado de que has sido incluido en el sistema y la causa que lo genera, antes de 30 días después de haberlo hecho. Y por supuesto esta información no puede hacerse pública antes de haber transcurrido este plazo para que se respeten los derechos ARCOL de acceso, rectificación, cancelación, oposición y limitación del tratamiento.

Pero …. y una vez que se está en una lista de morosidad, ¿qué puedes hacer?

  • Si es un error tienes que solicitar la baja al titular del fichero en cuanto te avisen de la inclusión y te tienen que responder en 10 días. Si no lo hacen, tienes que denunciarlo ante la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) que abrirá un expediente y que puede concluir en sanciones para la empresa acreedora y la gestora del fichero. Además, puedes reclamar judicialmente una indemnización por los daños causados.
  • Si la deuda es cierta puedes pagar la deuda cuanto antes y pedir los justificantes del abono. A continuación, cómo tienes derecho a que eliminen tus datos del fichero, solicita al titular del fichero que te den de baja en la lista de morosos con el DNI y la copia del pago: es el derecho de Cancelación.
  • Pero si no puedes pagar, tendrás que sufrir las consecuencias de estar en el fichero, aunque no indefinidamente. Cuando pasen 5 años desde la fecha en que debiste haber pagado, el fichero debe borrar la inscripción. Así que si estás en ese caso cerciórate de que se ha hecho.

En el caso de estar en esta lista negra, ni los acreedores, ni las empresas de recobros pueden extorsionar, ni amenazar con llamar a tus familiares, vecinos, al trabajo para contar la situación porque de hacerlo pueden ser sancionados por la AEPD. 

Fuente: O.C.U

La morosidad es el asesino de la oportunidad. Victor Kiam  

VIDA SANA / BARCELONADOT

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